Ministros de la SCJN dividen opiniones ante normas sobre la maternidad subrogada

El caso abrió un debate entre los ministros sobre la protección de las mujeres que participan en procesos de gestación subrogada y los recién nacidos.
AguaQuemada

septiembre 10, 2026

Los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) se dividieron por los vacíos legales en las normas de la Ciudad de México sobre maternidad subrogada; reporta MILENIO.

Lo anterior, porque expresaron diversos puntos de vista sobre la forma en que se debe proteger a las mujeres que rentan sus vientres, así como a los recién nacidos.

Caso que genera discusión

La discusión tuvo su origen porque una joven mexicana impugnó el artículo 54 del Código Civil, mismo que establece que el certificado de nacimiento hace prueba de la maternidad.

El ministro Arístides Guerrero García narró el caso, la joven firmó un contrato de gestación por sustitución con dos personas de origen extranjero.

Pero la quejosa declaró desde el inicio de carecer de voluntad procreacional y de no tener intención alguna de gestar para adquirir derechos y obligaciones.

Asimismo, que tampoco aportaría material genético para un proceso de fecundación in vitro, sino que únicamente su capacidad para gestarlo.

“Se lleva a cabo la transferencia embrionaria de modo extracorpóreo con óvulos donados y da positivo a la prueba de embarazo. Una vez que se lleva a cabo precisamente el nacimiento, la hoy quejosa expresa su preocupación de que al nacimiento la propia autoridad negara el registro solicitado a las dos personas de origen extranjero.

«Es decir, todo, desde el origen se está señalando la voluntad que tenía esta mujer joven de no ser madre, sino que simplemente era un contrato”.

En sus alegatos, la joven manifestó que dicho artículo es estigmatizante porque las autoridades perpetúan estereotipos de género al otorgar un valor probatorio erróneo respecto de la maternidad.

Genero debate

La ministra María Estela Ríos González fue la ponente del caso y propuso declarar constitucional el artículo y negar el amparo a la quejosa.

“El artículo 54 establece una presunción legal y probatoria de filiación materna vinculada inicialmente con el parto, no impone una obligación sustantiva de ser madre ni obliga a asumir la maternidad, pues admite prueba en contrario y el propio sistema prevé mecanismos para determinar la filiación conforme a la voluntad procreacional en casos de gestación por sustitución”, comentó.

El ministro Irving Espinosa Betanzo no compartió la propuesta y advirtió sobre los vacíos legales sobre el tema, no solo en la Ciudad de México sino en varias legislaciones del país.

Mencionó que este asunto involucra el derecho de las mujeres y las personas con capacidad de gestar a decidir sobre sus propios cuerpos.

“La norma impugnada establece que el certificado de nacimiento hace prueba de maternidad para quien lleva adelante un embarazo con la intención de ser madre. Esta presunción facilita el reconocimiento jurídico de su maternidad, pero para quien gesta para otras personas sin voluntad de convertirse en madre la consecuencia es completamente distinta. 

«La ley le impone una maternidad que no eligió, o cuando menos la obliga a iniciar un procedimiento para desvirtuarla”, declaró.

El togado recordó que se está ante un “mercado reproductivo transnacional sumamente lucrativo”, atravesado por desigualdades de género, clase y origen nacional, así como asimetrías de poder económico y de negociación entre las partes que celebran y gestionen los acuerdos de gestación subrogada.

“Se trata de un mercado que administra, industrializa el proceso reproductivo. Opera aun ante la ausencia de regulación estatal que garantice los derechos humanos de todas las partes involucradas. Estas circunstancias no pueden quedar fuera del análisis constitucional”, enfatizó.

El debate se generó porque cada uno de los ministros expuso, desde su punto de vista, cómo se debía proteger a las mujeres y mucho menos dejar en estado de indefensión a los recién nacidos.

El ministro Giovanni Figueroa Mejía expresó:

“En primer lugar, que coincido con la validez de la disposición normativa. Asimismo, comparto que en aras de garantizar el interés superior de la niña nacida mediante reproducción asistida debe permanecer su acta de nacimiento”.

Al final, los ministros decidieron declarar constitucional el artículo y negar el amparo a la quejosa, porque aseguraron que pueden emprender otros medios de defensa para desvirtuar la maternidad.

Imagen portada: Pixabay

https://www.milenio.com/politica/ministros-de-la-scjn-dividen-opiniones-por-regulacion-de-maternidad

Fuente:

// Con información de MILENIO

Vía / Autor

// Staff

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