La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) tumbó las reformas electorales que se impulsaron en San Luis Potosí y Durango, las cuales establecían la alternancia obligatoria de género en las candidaturas a la gubernatura del estado; publica MILENIO.
Por mayoría de votos, el pleno determinó que estas normas afectan a los partidos políticos y no garantizan que la gubernatura sea ocupada de manera alternada por mujeres y hombres.
Declaraciones de los integrantes de la corte
El presidente de la Corte, Hugo Aguilar Ortiz, puso como ejemplo los casos en que las mujeres pueden tener posibilidades de ganar.
“Si en un proceso electoral, un partido postula mujer y en el siguiente proceso electoral, una mujer tiene más posibilidades de ganar, tiene mayor presencia, pues perdería esa posibilidad porque en el anterior ese partido postuló mujer, entonces ya le tocaría un hombre, aunque no tenga la competitividad necesaria”.
La ministra María Estela Ríos González puntualizó que en las elecciones se vota por las propuestas, no por el género del candidato.
“No se vota por afinidad de género, se vota por afinidad de propuestas políticas, de proyectos de nación… lo que nos lleva a los ciudadanos y ciudadanas a votar no es porque es mujer o porque es hombre, sino por la política, por el proyecto de gobierno que propone. Y en ese sentido vale lo mismo ser hombre que ser mujer”, expresó.
Por su parte, el ministro Giovanni Figueroa Mejía y la ministra Yasmín Esquivel Mossa votaron en contra de invalidar las reformas.
“Si no estamos de acuerdo en la paridad de género, con relación a la postulación, pues mucho menos vamos a estar de acuerdo con la postulación en el cargo. ¿Por qué? Porque para asumir el cargo hoy requerimos las mujeres ser postuladas… y eso no limita a que se vuelva a postular a mujeres en la siguiente elección sucesivamente. Así ha sido por el género opuesto con los hombres han tenido postulaciones sucesivas y ejercicio al cargo sucesivamente”. Comentó la togada.
Imagen portada: Cuartoscuro



